La teoría del punto gordo en economía



Los grandes teoremas siempre han tenido su aplicación a otras ciencias distintas a las que originariamente les dieron causalidad. Y es aquí desde donde se pretende trasladar al área económica la gran, la maravillosa teoría sobre la que hasta uno de los grandes genios de la actualidad que hoy cumple años (felicidades desde aquí) ha teorizado, expresándose del siguiente modo:
Y en un principio... toda la materia y energía estaba concentrada en un punto... solo que ese punto era muy gordo... Muy muy gordo... de hecho... que todavía hoy sigue concentrada en ese punto" Stephen Hawking sobre el Teorema del Punto Gordo.

No es la única interpretación del teorema. De hecho en geometría tiene una aplicación curiosa a la par que valiosa en relación a la imposibilidad de coincidir dos rectas paralelas. Todo dependerá de lo gordo que llegue a ser el punto que las separe para que al final acaben confluyendo.
Para los ajenos a las ciencias y los que precisamos una concreción de las palabras que utilizamos lo mejor es acudir a la fuente. En este caso, por lo excepcional de la teoría a la que estamos haciendo referencia, la frikipedia (que no por su nombre deja de tener valor el contenido cultural que desarrolla) : Este teorema, puede resumirse y simplificarse con el siguiente enunciado: Si una recta tiene que pasar por un punto, y otra no pasa, se hace el punto mas gordo hasta que pase y ya está.

En efecto, el brillante teorema es el Teorema del Punto Gordo, que como hemos visto se ha aplicado a la física, a la geometría y ¿porque no aplicarlo a la economía?.
Algún avispado pensará que la economía no es una ciencia suficientemente importante o “científica” como para que se llegue a aplicar. No obstante, no debemos (y menos desde este blog) menospreciar a nada ni a nadie. Y por ello la pretensión es extender la Teoría del punto gordo a esa ciencia que nos es cercana, que en los últimos años ha sido la que mas tinta ha hecho verter en papeles y pantallas: La Economía. Ciencia que para unos es decisiva para el desarrollo de la humanidad y para otros la única salvación del sistema de vida que hemos venido desarrollando.

No desvelaremos hasta la próxima entrega cómo aplicar la conjunción de esa “gran ciencia” económica y esa “maravillosa” teoría del punto gordo.
Sólo un anticipo. Si la teoría del punto gordo ha resuelto el problema infinito de las rectas paralelas y el de los elementos físicos existentes... ¿cómo no va a poder resolver los problemas que la ciencia económica plantee?

Jurisprudencia y reivindicación



No se si a lo largo de la trayectoria de este blog, se ha llegado a entender que la razón casi siempre es del trabajador.
Nada mas lejos de mi objetivo. La razón se le ha de dar a quien realmente la tiene. Y para llegar a aplicar ese “realmente”, no hemos de acudir a la realeza que nos lo diga, hemos de echar mano del sentido común, de lo que nos dicta como mejor sabe nuestro corazoncillo pero siempre sin que nuestro interés merme nuestra objetividad.
Complicado tal vez en los tiempos que corren en los que el personalismo, el individualismo a ultranza nos llevan por derroteros que nada tienen que ver con lo realmente objetivo.
Tal vez por eso quiero erigirme en Quijote de causas perdidas, e intentando aplicar ese sentido común que alguien puede pensar que se quedó en el camino, encontrar, con la mas grande de las humildades, donde se puede estar mas cerca de la verdad, no de esa verdad absoluta, difícil de encontrar, sino de la verdad del día a día que nos acompaña en nuestro peregrinar.
Hoy, sin ir mas lejos, he podido recordar los extremos de la miseria humana entremezclados y por ello no sólo del lado del empresario, sino también del trabajador.
Una reunión especial en la que una parte ha intentado hacer ley de lo que no es. Con prepotencia y desprecio, con sangre y sal, para que el dolor sea lo mas fuerte posible y para que el contrario se sienta derrotado antes de iniciarse la lucha.
Loable empeño si estuviésemos en la arena y nuestra vida fuese a durar como antaño unos minutos, apenas horas.
Pero la vida es larga y el dolor infringido se va acumulando gradualmente, no es por tanto sólo cuestión de unas horas, los años pasarán y el dolor persistirá, acrecentado.
Aunque la otra parte ha conseguido que su padecer se extienda a todos y por ello llegar a considerar que cuando se reparte el mal duele menos.
No, no, y no. No han de repartirse las responsabilidades, hay que ser capaz de asumir las consecuencias de nuestros actos. Y ha de hacerse con la frente alta y con la verdad por delante. Aunque esa verdad no nos guste. Pero debemos sinceridad a quienes han confiado en nosotros.
Por eso la miseria alcanza a ambas partes, una obsesionada con la aplicación de una norma que no lo es, para con ello conseguir un objetivo que queda lejos de su alcance.
La otra con la ignorancia y la torpeza de pensar que sólo con las reivindicaciones, en un momento en el que el personalismo es absoluto, se puede llegar a algún sitio. Y lo peor de ello dejando al margen la verdadera reivindicación de un derecho que sí le correspondía pero que no ha querido ejercer. Por no marear y a quienes han sufrido anteriores escritos me estoy refiriendo, claramente, a la sentencia de marras. La empresa hace ley no ya de la sentencia sino que va mas allá intenta que sea ley todo el texto de la misma. Cuando legalmente las sentencias de la Audiencia Nacional “nunca” y repito “nunca” sientan jurisprudencia y por ello no son aplicables directamente y menos aún los posibles fundamentos de derecho utilizados en ellas para justificar el fallo.
La otra parte usando un argumento planario, ha preferido no “casar” (demostrar los fallos del conjunto de la sentencia, que en escritos anteriores se han comentado) por una cuestión no ya de razón o de capacidad sino… de dinero.
Y desde aquí les reto a que efectúen sus cálculos de cual va a ser al coste (para los trabajadores, como siempre) de una medida absurda cuando la sentencia de marras era tan fácil de desmontar como un castillo de naipes.
Cuando nos soliciten ayuda tal vez los naipes hayan devenido en roca y no queden fuerzas para destrozar el castillo...
Sensatez y responsablidad, reclamo a unos y a otros. Todos la necesitamos.

Al buen Pedro



Las afiladas palabras de Jose Martí surgían con la frescura que mi mal hacer no me permite. Pero siempre podremos remitirnos a alguno de sus poemas como el del “Al buen Pedro” que con humildad repito:

“Dicen, buen Pedro, que de mí murmuras
porque tras mis orejas el cabello
en crespas ondas su caudal levanta.
¡Diles, bribón, que mientras tú en festines,
en rubios caldos y en fragantes pomas,
entre mancebas del astuto Norte,
de tus esclavos el sudor sangriento
torcido en oro descuidado bebes,
pensativo, febril, pálido, grave,
mi pan rebano en solitaria mesa
pidiendo ¡oh triste! al aire sordo modo
de libertar de su infortunio al siervo
Y de tu infamia a ti!
Y en estos lances,
suéleme, Pedro, en la apretada bolsa
faltar la monedilla que reclama,
con sus húmedas manos el barbero.”

Y lo hago porque viene al caso. Porque en los tiempos que corren siguen existiendo los Pedros, con otros nombres. Pedros atusados (Compuestos con demasiada afectación y prolijidad) que nos acusan de no atusarnos adecuadamente mientras nos atusan no ya el pelo sino la apretada bolsa que reclama el barbero.

Con el descuido habitual los Pedros, alguno otrora con mancebas, acaban siempre convirtiendo en su riqueza el trabajo de los otros. Otros que a cambio reciben el premio de ver recortada su bolsa.

Buen final para un año en el que la casa de locos ha venido siendo continuo motivo de primeras o segundas páginas en las que cada día se vertían despropósitos que no han hecho sino acrecentar la incertidumbre de muchos y el desasosiego de otros tantos.

Yo reclamo desde este, mi rincón, la cordura, la mesura, la madura razón que nos lleve a un entendimiento claro donde al menos se lleguen a reconocer los errores propios, que los ajenos todos los conocemos, para rectificar, porque siempre es tiempo de ser sabios.

La MASA salarial …

En esta siguiente entrega, desmenuzando la sentencia sobre la casa de locos, lo principal es saber, con la certeza que el texto de la Ley lo permite, el significado de masa salarial.

Para ello recurrimos a la ley valenciana de presupuestos que se muestra a continuación.

Artículo 30. Régimen retributivo del personal laboral del sector público valenciano.

1. A los efectos de esta Ley, se entiende por masa salarial el conjunto de las retribuciones salariales y extrasalariales y los gastos de acción social devengados durante el ejercicio 2009 por el personal laboral del sector público valenciano, con el límite de las cuantías informadas favorablemente por la conselleria que tenga asignadas las competencias en el área de hacienda para dicho ejercicio presupuestario, exceptuándose, en todo caso:
Las prestaciones e indemnizaciones de la Seguridad Social.
Las cotizaciones al sistema de la Seguridad Social a cargo de la entidad empleadora.
Las indemnizaciones correspondientes a traslados, suspensiones o despidos.
Las indemnizaciones o suplidos por gastos que hubiera realizado la persona empleada.

No es preciso leer el texto en verde. Lo importante es que se trata de un conjunto de retribuciones, no la retribución individual que cada trabajador percibe. Un conjunto en el que entran una serie de conceptos y se excluyen otros. No es preciso conocer mas sobre el asunto.

Ahora cabría repetir lo que su señoría ha mostrado en el cuarto fundamento de derecho (argumentación para poder llegar a un resultado a partir de los hechos).

Y es aquí donde su señoría se explaya repitiendo lo que en otras ocasiones se ha escrito sobre la primacía de la ley sobre los convenios colectivos y sobre las limitaciones de la negociación colectiva en lo que a salarios públicos se refiere.

Terminología gratuita, para justificar que no es capaz de llegar a una conclusión real sobre el caso presente.

Elucubraciones sin aplicación al caso para completar una adecuado número de folios (aunque sean repeticiones de otros ya publicados, todo vale).

Su señoría, con el debido respeto, no se aclara, y a pesar de que empieza reconociendo la globalidad del concepto de la masa salarial, acaba mezclando negociaciones de personal funcionario con limitaciones de la negociación en el ámbito público.

Lo que realmente se aplica a nuestro caso es lo que figura en el siguiente párrafo de la Ley de presupuestos (que podéis pasar por alto)

Con efectos de 1 de enero y hasta el 31 de mayo de 2010, la masa salarial del personal laboral no podrá experimentar un crecimiento global superior al 0,3 % respecto de la establecida para el ejercicio 2009, comprendido en dicho porcentaje el de todos los conceptos, sin perjuicio de lo que pudiera derivarse de la consecución de los objetivos asignados a cada conselleria, empresa o entidad mediante el incremento de la productividad o modificación de los sistemas de organización del trabajo o clasificación profesional.
3. Las variaciones de la masa salarial bruta se calcularán en términos de homogeneidad para los dos períodos objeto de la comparación, tanto en lo que respecta a los efectivos de personal y su antigüedad como al régimen privativo de trabajo, jornada, horas extraordinarias efectuadas y otras condiciones laborales, computándose por separado las cantidades que correspondan a las variaciones de tales conceptos.
4. Lo previsto en los apartados anteriores representa el límite máximo de masa salarial, cuya distribución y aplicación individual se producirá a través de la negociación colectiva. La autorización de la masa salarial será requisito previo para el comienzo de las negociaciones de convenios o acuerdos colectivos que se suscriban en el año 2010, y con cargo a ella deberán satisfacerse la totalidad de las retribuciones del personal laboral derivadas del correspondiente acuerdo y todas las que se devenguen a lo largo del expresado año.

Esta parrafada legal viene a decir básicamente que en las variaciones de la masa salarial, que se autorizan en conjunto, reitero, no se tendrán en cuenta conceptos que se derivan de los aumentos de gasto por vencimiento de antigüedad de los trabajadores y “otras condiciones de trabajo”.

Y mas importante es que plantea que la negociación colectiva es la que desarrolla el reparto individual.

Y mas importante aún, cosa que su señoría parece no haber apreciado es que la autorización de esa masa salarial es necesaria para el “inicio” de las negociaciones.

Llanamente, la empresa conoce de cuanto dinero dispone con carácter previo a cada negociación y si no fuere así que se le exijan responsabilidades.

El empecinamiento de su señoría en desmenuzar conceptos que figuran en el texto del convenio, argumentando que no es así o que no están justificados, ha originado que se den por “olvidados” toda una serie de importes que se están abonando “desde hace mucho”, vienen o no regulados en el convenio colectivo y “curiosamente” también forman parte de la masa salarial.

El caso mas importante es los complementos o salarios de jefaturas, que para nada se ajustan a “las retribuciones del personal de la administración”, forman parte de la masa salarial y “oh sorpresa” no figuran en el convenio... ¿serán ilegales?

Con todo esto a lo que se pretende llegar es a tener claro que el calculo de la masa salarial está compuesto por suficientes conceptos como para que pueda resultar en determinados casos un incremento individual superior a lo que globalmente considere la ley de presupuestos y sin embargo no superar en conjunto la limitación establecida.

¿Seguiremos con las aclaraciones?

Si no estoy ¿no existo?

Otra entrega, cada vez mas herido por las salvajadas observadas (mil perdones por este desacostumbrado vocabulario) pero como excusa alego asombro creciente ante las argumentaciones de la sentencia sobre esta casa de locos.

Creía que la sentencia de marras era de la sala de lo Social de la Audiencia Nacional, pero parece que su señoría lo sea de la sala de lo Civil. Pido por ello un poco de la seriedad que a mi me falta para que sepan donde se encuentran y actúen en consecuencia.

La extrema importancia de clarificar este extremo tiene varias implicaciones decisivas en la apreciación de las pruebas, y por ello en el fallo de la sentencia, fallo en el sentido de equivocada, no de evacuada.

Habremos de recurrir al principio de tutela procesal del trabajador que tiene que ver con las consideración que se le guarda dentro del proceso laboral (disciplina especial). Situación que en ningún momento se produce en la sentencia.

De hecho, su señoría en el apartado “e” del Segundo fundamento de derecho, alude textualmente a que no consta acreditada la autorización de la Consellería de Hacienda. Y se queda tan tranquilo aludiendo al 217 de la LEC que se reproduce:


Enjuiciamiento Civil.
Artículo 217. Carga de la prueba.
2. Corresponde al actor y al demandado reconviniente la carga de probar la certeza de los hechos de los que ordinariamente se desprenda, según las normas jurídicas a ellos aplicables, el efecto jurídico correspondiente a las pretensiones de la demanda y de la reconvención.

Cuando la alusión ha de hacerse al 94 de la LPL


Ley de Procedimiento Laboral.
Artículo 94.
2. Los documentos pertenecientes a las partes deberán aportarse al proceso, si hubieran sido propuestos como medio de prueba por la parte contraria y admitida ésta por el Juez o Tribunal. Si no se presentaren sin causa justificada, podrán estimarse probadas las alegaciones hechas por la contraria en relación con la prueba acordada.

La diferencia no es pequeña. El documento que su señoría dice no haber presentado la parte demandante no es otro que una autorización que la Consellería de Hacienda ha de trasladar a la parte demandada (la empresa) para el inicio de la negociación colectiva o de cualquier otra negociación sujeta a ese proceso autorizante.

Explíqueme su señoría cómo la parte demandante puede tener en su poder el citado documento. Si su señoría no considera pacífica la existencia del mismo, pídalo que para eso está usted, a quien corresponda, y esa es su misión en un proceso laboral, repito laboral. Y en todo caso si no existiese el documento la responsabilidad no la vierta sobre quien no ha de solicitarlo, seamos sensatos.

Para rematar la crítica de hoy, ha de hacerse referencia a la incongruencia de la sentencia. Su señoría, otrora defensor del derecho civil, se muestra incompetente a la hora de pronunciarse puesto que el derecho procesal civil exige que toda sentencia debe ser congruente con la demanda. Esto significa, que el juez cuando falla tiene que pronunciarse sobre todos los aspectos que contiene la pretensión del demandante y por otra parte, no puede resolver extremos que no estén contenidos en la demanda, ni otorgar más allá de lo demandado.

Pero, afortunadamente para su señoría, nos encontramos de vuelta en la sala de lo social donde ese procedimiento no opera.

No obstante, la incongruencia admitida en el proceso laboral está condicionada a que se concedan valores mayores a los que el demandante pide en su demanda. Pero su señoría en lugar de aplicar ese principio del procedimiento laboral, sentencia la invalidez de una retribución por el hecho de no haberse presentado un documento por parte de la empresa y además amplía el plazo de aplicación indebida a unos periodos sobre los que la parte demandante no había solicitado juicio.

En resumen para estar (desde 1956 puede decirse) cabreado ante tanta “pofesionalidad”.

No se si me quedarán fuerzas para otra entrega......


De justicia y otras labores

Cuando se habla de Justicia, se sabe que no es necesariamente la justicia moral la que se aplica en los tribunales. Se aplica la justicia legal y por ende “interpretada” por sus señorías. Señorías que no siempre tienen conocimiento de lo que tratan, señorías a los que no se les puede exigir que “sepan” aunque siempre se espera que sea así.

En este texto, primera entrega espero, voy a ensañarme con un fragmentito de una sentencia reciente de esta casa de locos en la que, una vez mas, por la “pofesionalidad” de unos y de otros se acaba.... cómo se acaba....

Para los neófitos, en una sentencia hay una parte en la que se relacionan los hechos probados, entendiendo que son objetivos y por tanto, también aceptados por las partes en litigio.

En ese sentido se pronuncia la sentencia argumentando que el “convenio no contempla el concepto denominado plus convenio”.

Resulta absolutamente increíble que se acepte por todos esa apreciación como prueba. Parece que, a pesar del texto del convenio (que suponemos leído al menos por todos, incluido su señoría) nadie fue capaz de entender (a pesar de que parte de los asistentes lo sabían de primera mano) que lo que en el texto del convenio “no aparece” como plus convenio se corresponde con el art. 59 bis del convenio (texto en azul al final): Indemnización por otros gastos y suplidos.

Tal vez no se entiende porque la empresa lo viene aplicando prorrateado mensualmente y porque esa denominación fue de carácter unilateral (la empresa) para incluirlo en la nómina (no supieron acertar en la denominación del concepto). Para su simple prueba basta preguntar a la empresa cómo se abona el mencionado art. 59 bis del convenio.

Su cuantía está condicionada a lo que el artículo 40 del Convenio establece. Y es por ello que está probado (en contra de la apreciación de su señoría) que figura en el convenio y que se haya tenido en cuenta a la hora de evaluar el importe de la masa salarial.

De las lineas anteriores se deduce que ha habido un craso error en la apreciación de los hechos que anula de plano la argumentación que se expone en la sentencia (texto en rojo) sobre la conceptualización del plus en litigio.


De momento no se pretende que esto sea un recurso formalmente considerado. Pero que al menos la verdad (un poco mas objetiva, si cabe) se muestre en este rinconcito de la red de redes.


Reiteraciones

Nuestro refranero apunta: “a perro flaco todo son pulgas”. Y vaya con las pulgas y con el perro flaco. Que en los últimos años los salarios medios en este, nuestro país, hayan descendido es ya síntoma de flaqueza.
Llueve pues sobre mojado, porque la caída real de las medias salariales supone, no que los salarios existentes hayan perdido valor, sino que los salarios de los nuevos puestos creados son mas bajos, como consecuencia de la búsqueda de la rebaja de costes que los empresarios ansían desesperadamente para no dejar de tener el máximo beneficio.
Este simple análisis explica a la perfección el comportamiento de las medias salariales descendentes. Como apoyo a esa simpleza, la certeza de que en ningún convenio colectivo se han pactado salarios inferiores a años anteriores. Podrán haber tenido menos aumentos, pero en ningún caso descensos.
Y así ha venido sucediendo año tras año y sector productivo a sector productivo. Salvo... en el sector del perro flaco. Un perrito que por obligada docilidad vio ya en otros tiempos como su salario se quedaba congelado y lleno de pulgas, mientras la economía seguía subiendo, para justificar la ineficiencia de sus cuidadores de entonces: lo políticos de turno. Y no voy, aunque pueda decirlo, de qué turno.
Si en aquellos tiempos no había para dosis de insecticida, ahora cuando la “crisis” se apodera de la manada, menos aún.
Las pulgas son un mal para quienes atraen la mala suerte de forma que cuando pasan por una mala situación ésta tiende a agravarse. Lo peor, que lo malo ya se ha dicho, es que las pulgas acaben siempre en los mismos sitios, en los mismos perros, en los mismos flacos, en el mismo charco, en el trabajador que depende de su salario para llegar a fin de mes.
Los azotes de plagas se han venido produciendo con reiteración en los últimos días. Desde el anuncio de un “necesario” aumento de la edad ordinaria de jubilación, hasta la última declaración de la “necesaria” reducción de salarios de los empleados públicos.
Tal vez cuando criticaba la falta de colaboración de la clase empresarial en el desarrollo convivencial cometí el error de olvidarme del otro estamento privilegiado que, sin titulo empresarial, pretende ejercer como tal en un “mercado” que no lo es, la clase política.
Esa clase que está demostrando no tener eso: clase. Que está olvidando que las clases siguen existiendo aunque se pretendan disimular con términos como la segmentación, la estratificación social...
Sin ir mas lejos, esta mañana, el comentario que me ha surgido en relación a los “necesarios” descensos salariales ha sido que marcaré los billetes que tenga que devolver, como en las películas, para después poder ratificar como esos billetes que no estarán en mi bolsillo acaban en un concesionario de una buena marca de manos de cualquier empresario. Otra vez equivocado, posiblemente la mano no sea la de un empresario sino la de un político.
No ha sido necesario poner una vez mas sobre el tapete la reiterada falta de eficiencia de los sistemas funcionariales, basta con tener capacidad para ejecutar una acción como la propuesta. Haberla hayla y ya se demostró con la congelación salarial de años pasados que llevó a los funcionarios públicos a una perdida importante de su poder adquisitivo.
Parece ser que el 0,3 % de incremento previsto para los funcionarios valencianos en este año no es suficientemente bajo. Parece que habrán de devolver parte de lo que hayan cobrado. Sin anestesia y sin insecticida... picaduras de pulgas a lo vivo para estos perros flacos que nunca tienen bastantes... pulgas.

Los estados desunidos de Europa

Cuando en la América profunda surge un problema, cuando alguno de sus estados confederados cae en desgracia y pierde dinero a espuertas, No Problem, porque para eso está el estado federal, para mantener a flote a todos sus estados y posibilitar, dentro de los margenes de cada uno de ellos, las correcciones necesarias para volver al equilibrio.
España siempre ha sido diferente y por ese afán de contagio parece que, una vez mas (ya lo hizo con el sistema farmacéutico) parece que esté contagiando a Europa para que toda ella sea diferente.
Las diferencias son claras, frente a la necesidad de unidad ante los problemas globales, descoordinación, frente a la necesidad de apoyo simplemente moral, difamación. Y no lo planteo porque considere que haya mala intención (que en algunos casos es notoria) sino porque no hay capacidad de armonía, porque los logros de un país pareciera que han de tener por base las cenizas de otros, como ya pasara siglos atrás.
La historia se quiere reescribir con tono de camaradería y de amable compañía en el camino que supone el progreso. Pero mas bien parece que ese lastre cultural de rencillas reales (por la realeza, que no solo por la realidad) acaba haciendo sucumbir a los herederos de aquellos y sometiéndoles a nuevas luchas fratricidas.
Luchas que no son con lanzas ni espadas sino con palabras y papeles, luchas que no derraman sangres pero si generan miseria. Luchas cuyo único objetivo es el mantenimiento, como siglos atrás, de las situaciones de privilegio. No se trata de beneficiarse de los recursos ajenos. La situación actual, la economía del momento es tan absolutamente frágil que basta una palabra de despecho para hundir un país en la miseria.
La confianza se acaba, pero no porque haya razones objetivas para ello. Basta que una voz salga de entre las palabras escritas o pronunciadas por un locutor cuya única capacidad es repentizar, para que se inicie una secuencia de desconfianza infundada que acabe produciendo los efectos de la mas certera situación desastrosa.
Si en pleno siglo XXI quienes dicen ser cultos y estudiosos, no saben diferenciar una información sobre un hecho de una opinión. Si ni siquiera son capaces de entender que las opiniones hay momentos en los que es mejor guardárselas para uno para no dañar a quien tienes cerca. Si perdemos la lealtad y la ética...tal vez sea el momento de volver al siglo XVI porque en lo referente a capacidades de relación con nuestros semejantes es fácil que en ese siglo pasado ya nos superasen.
La naturaleza humana parece estar destinada a la lucha continua, no por la supervivencia, sino por el mero hecho de ver, con satisfacción, lo mal que lo pasa nuestro adversario derrotado.

Los problemas del Estado

Cualquier tratado de economía establece una serie de atribuciones al Estado. Al que no sea docto en la materia poco le van a interesar. Pero es conveniente que se sepa que efectivamente (o al menos con carácter normativo) esas atribuciones existen, que esas competencias se desarrollan.
Una cosa es su desarrollo, dentro de las capacidades normativas del Estado, y otra que ese desarrollo llegue a producir los efectos deseados.
Los Estados, sus administraciones, cada día son mas grandes, con mas cantidad de funcionarios, mas competencias, mas asuntos sobre los que legislar y por supuesto, con mayores ingresos vía impuestos.
Pero su “poder” no va más allá. Su capacidad de control de los otros agentes de poder queda fuera de sus competencias, fuera de sus niveles de intervención.
De esos agentes, los económicos, son los que tienen el predominio del control real de la población, son los que establecen las condiciones reales de desarrollo de su relación con los grupos sobre los que actúan. No vamos a hablar de cuales son los diversos objetivos de estos grupos. No vamos a entrar en su capacidad para, a través de la globalización, internacionalización y otros procesos recientes del sistema productivo, conseguir su objetivo prioritario: el beneficio económico. Pero si conviene decir que ese proceso de obtención de beneficio se lleva a cabo en una situación global en la que los recursos, los medios de enriquecimiento, son limitados.
Sumar esos parámetros nos lleva a una conclusión clara, que quienes acabarán siendo azotados por ese poder económico serán los más débiles. El Estado queda en segundo plano, su actuación se ve mediatizada y utilizada por esos grupos de poder, dejando en la indefensión a esos débiles.
Tras mostrar esa foto de la situación, la conclusión definitiva no puede ser mas clara. Los pilares de la vida social de este siglo, los pilares democráticos, de participación, de consecución de mejoras sociales, de desarrollo personal, de prosperidad, están quedando muy lejos de los que se planteaban como posibles pilares de convivencia en la segunda mitad del pasado siglo.
La situación es esa, indudablemente, y la pregunta subsiguiente es si caben alternativas a esa situación, si el paso del tiempo será capaz de mostrarnos nuevos caminos.
La historia poco podrá ayudarnos a descubrir esas alternativas, pero sí nos ayuda a entender la situación actual. El problema global está servido, solo falta que algún “solucionólogo” sea capaz no solo de afrontarlo, sino de hacerlo con el suficiente poder como para que deje de ser eso: un problema.

Olvidos

La práctica habitual de quien no se encuentra en una situación, aunque antes haya pasado por ella, es olvidar.
Olvidar que también tuvieron 20 años, quienes tienen ahora mas de 40. Olvidar que pueden llegar a tener 65 años, cuando ahora tienen 40. En fin... olvidar, como objetivo y recurso ante “situaciones presentes”. La razón puede deberse a que el imperante social del momento es ese, el momento, y no cabe el análisis del pasado, no caben las prospecciones futuras. Solo importa el momento.
Si los olvidos son de ese calado, es preocupante la falta de memoria.
Pero mas preocupante es olvidar que un estado es un conjunto de ciudadanos que tienen por objetivo la convivencia. Convivencia que viene mediatizada por una serie de reglas que, poco a poco, se han ido elaborando para conformar esa construcción: el Estado. Reglas que han sido consecuencia de la intervención directa de los ciudadanos sujetos a esas reglas. Reglas que pretenden garantizar la convivencia. Reglas que han venido pretendiendo igualmente que el desarrollo de esa convivencia lo sea de la mejor manera posible para el conjunto de ciudadanos.
Y llegados a este punto lo adecuado es olvidar los apuntes del principio del texto, porque el momento lo impone.
Un momento en el que los planteamientos de solución de los problemas globales del Estado pasan, una vez mas (aunque esto también se ha de olvidar) por el sacrificio de los trabajadores.
Que alguien me explique cómo es posible que en un análisis simple de la convivencia de un estado, es posible olvidar que hay otros elementos que intervienen en su configuración.
¿Donde están los empresarios en este juego convivencial? y, ¿cual está siendo su actuación?, ¿cómo es su comportamiento en ese engranaje que supone la convivencia?.
Superando el olvido (me lo puedo permitir), las relaciones entre empresarios y trabajadores siempre han estado envueltas en un halo de conflicto que periódicamente ha visto modificada su intensidad, desde niveles soportables hasta otros casi excesivos.
En cada momento histórico han operado una serie de procesos que han permitido su superación o al menos su disminución hacia niveles tolerables. Pero cada situación ha conllevado, en los últimos años, la perdida de derechos, de calidad de vida para los trabajadores. Este es un hecho indiscutible.
Cambiando de tercio (aunque ahora no esté bien visto ese proceder taurino) y realizando otro análisis simple de esa estructura de convivencia, nadie pone en duda que la inmensa mayoría del conjunto de ciudadanos corresponde (o quiere corresponder, sin conseguirlo) al grupo de los trabajadores. Los empresarios son una minoría en ese conjunto. Una minoría que controla, con el poder que le otorgan las reglas y otros poderes no contemplados por estas, la sumisión de los trabajadores a sus objetivos.
En la actualidad, se cuestiona la capacidad (con el uso y abuso del término productividad) de los trabajadores. Pero nadie ha cuestionado la capacidad del otro conjunto de ciudadanos, los empresarios.
Quiero, pues, dejar constancia de un hecho incuestionable: los problemas de la convivencia los son de las partes, no necesariamente de una sola de ellas.
Y la capacidad de la otra parte, la de los empresarios, es cuestionable. Muy cuestionable a la vista de las declaraciones recientes y sobre todo a la vista de los resultados de sus, y repito sus, actuaciones.
Por ello, como conclusión, es necesario que “todos” reflexionemos y consideremos adecuadamente cada elemento para analizar sus implicaciones, en esta convivencia obligada. A partir de ahí, con la humildad que nunca ha existido, me gustaría que los empresarios hagan un autoexamen de capacidad y que, como resultado, busquen y encuentren en sí mismos la forma de sortear una situación social que no tiene otra causa que sus propias actuaciones pasadas.